El tema de las indisciplinas sociales es una constante en las problemáticas que llegan a la Oficina por parte de la población. Las calles Maceo y República, ejes urbanos dentro del centro histórico de la ciudad, constituyen hoy una de las principales alertas en cuanto a educación ciudadana se trata.

Se observa el maltrato a la vegetación de adornos ornamentales ubicados en Maceo y República fundamentalmente producto de las colas la población se sienta en las macetas o arranca gajos. Mientras que, por parte del sector estatal, no siempre la Dirección  de Comunales se ocupa del riego y cuidado sistemático de las mismas.

Otra de las incidencias son las papeleras para los desechos. Existe mucho descuido en su limpieza y mantenimiento (responsabilidad de Comunales) y a veces la población de calle República desde muy temprano en la mañana la llenan de desechos, ellas están diseñadas para el servicio de los peatones No para botar basura derivadas de negocios ni convivientes de calle República.

Igual ocurre con los contenedores de basura que sí es para el uso por convivientes de las calles y no para uso de negocios particulares ni tiendas estatales, que a veces lo llenan desde temprano en la mañana sin respetar que la recogida en las horas de la madrugada. Estos actores sociales según Reglamento del Centro de Servicios de ciudad deben tener convenio de recogida de sus desechos con comunales y materia prima.

De igual manera la violación de la peatonalidad en las calles mencionada no se puede transitar ni con los ciclos o motociclos de mano, exceptuando a los moradores del lugar que no pueden parquearse ni de forma temporal, solo transitar de mano y entrar a su vivienda.

Se le agregan además otras indisciplinas como los vendedores ilegales en la Calle República, que se posicionan en cualquier lugar, así como los diambulantes en ambas calles, en los últimos tiempos el número de personas en estas condiciones se evidencia con mayor fuerza.

Por tales razones se impone entonces hacer un llamado a la conciencia de los ciudadanos y las instituciones estatales, porque es tarea de todos velar por el cuidado y preservación de los valores urbanísticos y patrimoniales de nuestro centro histórico y de la armonía del paisaje urbano de la ciudad.

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Si tienes interés por conocer las normas que regulan el panorama urbano de la ciudad de Camagüey, en este espacio semanal te mantendremos actualizado para aprender juntos a conservar el patrimonio desde el ordenamiento.

Artículo: Se establece un conjunto de disposiciones indicativas sobre el modo de encauzar oficialmente las gestiones para obtener las aprobaciones correspondientes a los usos de suelo, áreas verdes, espacios públicos y las acciones constructivas de las inversiones que se promuevan en los terrenos y las edificaciones en general, las redes técnicas, la red vial y el contexto urbano específico. Estos procedimientos indican los trámites a realizar, a qué organismo dirigirse y la documentación requerida, según se trate:

  1. a) Toda acción constructiva incluida la demolición, en el Centro Histórico deberá contar con la aprobación de la Dirección de Plan Maestro y Gestión de la Oficina del Historiador de la Ciudad de Camagüey, la Comisión Provincial de Monumentos y la Oficina de Monumentos y Sitios Históricos del Centro Provincial de Patrimonio.
  2. b) En el caso de organismos y entidades inversionistas, toda obra nueva, ampliación, remodelación o rehabilitación, reconstrucción, restauración, reparación parcial, requerirán la aprobación del uso de suelo expedido por la Dirección Municipal de Planificación Física y posteriormente la Licencia de Obra y el Certificado de Habitable Utilizable, emitidos por esa misma instancia.
  3. c) La nueva construcción para viviendas tanto para el sector estatal como por el privado serán tramitados por la Dirección Municipal de la Vivienda, previo permiso de uso de suelo y regulaciones urbanísticas, expedido por la Dirección Provincial o Municipal de Planificación Física, que a su vez en el proceso de consulta en el centro histórico debe contar con la aprobación de Plan Maestro.
  4. d) En el caso de acciones para conservación, remodelación y rehabilitación en viviendas, serán tramitadas por la Dirección Municipal de la Vivienda y cuando se encuentren en el Centro Histórico contará con la aprobación del Plan Maestro de la Oficina del Historiador.
  5. e) En el caso específico de los espacios públicos y áreas verdes, cualquier alteración o modificación, o las acciones de tala, poda y moteo de la vegetación, tendrán que contar con la aprobación previa de la Dirección Municipal y Provincial de Servicios Comunales.
  6. f) La Dirección Provincial y Municipal de Comunales es también la facultada para velar por la conservación y mantenimiento de los elementos de mobiliario urbano. En el caso de las tarjas, bustos, conjuntos escultóricos en el centro histórico, es la Oficina del Historiador de la Ciudad de Camagüey la encargada de su mantenimiento y conservación, así como la incorporación de señalética urbana, bolardos e iluminación en ejes importantes previa aprobación de Planificación Física y consulta con el Plan Parcial del Centro Histórico elaborado por Plan Maestro.
  7. g) El Registro de la Propiedad Inmobiliaria, Patrimonial del Ministerio de Justicia es el facultado para la tramitación de titularidades de terrenos y edificaciones.
  8. h) De no existir físicamente la separación o límite de propiedad entre dos edificaciones de viviendas, así como tampoco haya título de propiedad u otros documentos legales que demuestren la dimensión del terreno que corresponda a cada edificación, será competencia en su caso de la Dirección Municipal de la Vivienda, definir dichos límites de propiedad.
  9. i) Se prohíbe la cesión, cambio de uso, transferencias de áreas, sean estas libres o no, locales y otras instalaciones, entre organismos y entidades sin la previa aprobación de la Dirección Municipal de Planificación Física, Comisión de Cambio de Uso de Locales y en el caso del Centro Histórico se incorpora la consulta y aprobación de Plan Maestro.
  10. j) Todo lo concerniente a las actividades del trabajo por cuenta propia en el Centro Histórico, respecto al ordenamiento urbano se regirá por la legislación vigente emitida sobre esta materia, y según el tipo de servicio para la zona previsto en el Plan Parcial.
  11. k) Todas las acciones constructivas previstas a realizar en edificaciones catalogadas con grado de protección 1 deberán contar con la aprobación de la Comisión Nacional de Monumentos.
  12. l) Las infracciones que se comentan en la tramitación establecida para la ejecución de obras, así como las que atenten contra estas disposiciones urbanísticas reguladas, serán objeto de aplicación de lo previsto a tales efectos en la legislación relativa a las contravenciones en materia de ordenamiento territorial y el urbanismo. Considerando además que la zona es Patrimonio Cultural de la Humanidad.

Para más información puede dirigirse a la Subdirección de Plan Maestro en la sede de la Oficina del Historiador o comunicarse a través del 32288702

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Si tienes interés por conocer las normas que regulan el panorama urbano de la ciudad de Camagüey, en este espacio semanal te mantendremos actualizado para aprender juntos a conservar el patrimonio desde el ordenamiento.

Artículo: A los efectos de estas regulaciones se establecen las disposiciones generales sobre la gestión, el control urbano y sus particularidades en el centro histórico, los procedimientos respecto a las solicitudes, trámites, usos de suelo, comisiones, competencias de organismos para las aprobaciones sobre las contravenciones en materia de ordenamiento urbano.

Artículo: A partir de la promulgación del Decreto 213 del 24 de febrero de 1997, por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se constituye la Oficina del Historiador de la Ciudad de Camagüey, institución encargada de preservar el patrimonio cultural edificado y el legado histórico de costumbres y tradiciones de la ciudad de Camagüey. Dicho decreto define la autoridad de la Oficina del Historiador de la Ciudad de Camagüey subordinada al Consejo de la Administración Provincial, la cual entre sus atribuciones y funciones en el centro histórico que se ajustan al planeamiento tiene la siguiente:

  • • Formalizar convenios con los organismos y entidades situados en las zonas priorizadas para la conservación, con el fin de garantizar el uso adecuado de sus valores patrimoniales.

Por las facultades conferidas a esta institución en el territorio, constituye la Oficina del Historiador junto a Planificación Física organismos claves para la conducción técnica del proceso de desarrollo del centro histórico desde el planeamiento hasta la gestión.

Artículo: La Oficina del Historiador de la Ciudad de Camagüey reconoce al Plan Maestro y Gestión como la Dirección encargada de planificar el desarrollo integral del centro histórico, redactar los planes parciales, específicos, estudios de detalle de edificaciones, espacios públicos y regulaciones urbanas para el centro histórico de acuerdo a las determinaciones del Plan General de Ordenamiento Territorial y Urbano de la Ciudad, realizado por Planificación Física y aprobado por la Asamblea Provincial del Poder Popular.

Artículo: El Plan Maestro de la Oficina del Historiador de la Ciudad forma parte en el territorio del proceso de aprobación de uso de suelo y de las consultas sobre la documentación previa según exige la Resolución 91 del Proceso Inversionista para lo estatal, dirigido por Planificación Física y las determinaciones por el Instituto de la Vivienda en el caso de lo particular en los siguientes trámites:

  • • Regulaciones para proyectos, y acciones estatales y privados, revisiones de proyectos (procesos conducidos por Planificación Física y el Sistema de la Vivienda).
  • • Microlocalizaciones de inversiones.
  • • Dictámenes técnicos.
  • • Aprobación de uso de suelo en la Comisión de Cambios de Usos de Locales, dirigida por el Gobierno del Municipio.
  • • Aprobación de inversiones o acciones en el Centro Histórico por la Comisión Provincial de Monumentos.

Artículo: Se reconoce además la competencia de las Comisiones Nacional y Provincial de Monumentos, sobre las acciones de conservación y desarrollo

del centro histórico de acuerdo con la Ley No 2/1977 y el Decreto No 55/ 1979, así como las que han adquirido otras entidades, en materia de licencias necesarias para el buen desempeño del proceso inversionista y de usos de suelo. En virtud de lo cual se establecen relaciones de trabajo necesarias con:

  • • Comisión Provincial de Monumentos.
  • • Oficina del Historiador de la Ciudad (OHCC)
  • • Consejo de la Administración Municipal (CAM)
  • • Consejo de la Administración Provincial (CAP)
  • • Unidad Inversionista Municipal de la Vivienda (UMIV).
  • • Ministerio de Ciencia y Tecnología y Medio Ambiente (CITMA)
  • • Ministerio del Interior (MININT)
  • • Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR)
  • • Defensa Civil Nacional (DCN)
  • • Ministerio de Justicia (MINJUS)
  • • Ministerio de Salud Pública (MINSAP)
  • • Oficina de Asuntos Religiosos del Comité Provincial del Partido (PCC)

Para más información puede dirigirse a la Subdirección de Plan Maestro en la sede de la Oficina del Historiador o comunicarse a través del 32288702

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En la recién culminada trigésima edición de la Feria del Libro, la Oficina del Historiador de la ciudad de Camagüey estuvo presente a través de las publicaciones del Sello Editorial El Lugareño. Con valiosos textos sobre y la historia y cultura regional, el público camagüeyano pudo acceder a ejemplares como:

  • Ignacio Agramonte y el combate de Jimaguayú, de Raúl Izquierdo Raúl Izquierdo.
  • Puerto Príncipe 1895-1898. La lucha armada y el costo humano, de Coronel Raúl Izquierdo.
  • La dirección revolucionaria de la guerra de los 10 años, de Óscar Loyola Vega.

También en formato digital en el Complejo Audiovisual Nuevo Mundo El Callejón de los Milagros, se presentaron las últimas ediciones de la Revista Senderos. La No. 23 dedicada a la destacada historiadora Elda Cento y la No. 24, dedicada a la figura de El Mayor Ignacio Agramonte.

Momento especial fue la inauguración en la Galería Fidelio Ponce, de la Exposición de fotografías Leales a Martí, de la autoría de Magda Resik y Alexis Rodríguez. Una muestra que nos acerca a la impronta del Apóstol en la vida y obra del destacado historiador de la Habana Eusebio Leal Spengler. Además, como otro homenaje a Leal, cortesía de Ediciones Boloña, editorial de la Oficina del Historiador de la Habana, en el parque Agramonte, se presentaron una serie de textos del prestigioso historiador.

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Si tienes interés por conocer las normas que regulan el panorama urbano de la ciudad de Camagüey, en este espacio semanal te mantendremos actualizado para aprender juntos a conservar el patrimonio desde el ordenamiento.

Artículo: Se asumen como premisas, los siguientes Criterios de conservación que fueron definidos como tales en el Plan Parcial:

  1. a) La conservación, el rescate y reconocimiento de los excepcionales valores de la Zona Declarada Patrimonio de la Humanidad.

- Dentro de los límites de la zona, toda acción urbanística o de carácter constructivo a realizar garantizará la protección de su imagen urbana tradicional, respetando los valores esenciales que la caracterizan, eliminando progresivamente aquellos factores que contribuyan a su deterioro y empobrecimiento general.

- Dado el carácter universal excepcional del área, se promoverán acciones que tiendan a la conservación integral de los bienes culturales (tangible e intangible) con prioridades establecidas según grados de protección y enfaticen ese carácter, tales como la exhibición permanente de hallazgos arqueológicas, de edificios históricos singulares, de espacios públicos relevantes, de bienes muebles y del patrimonio intangible.

- Se conservarán los elementos claves de la tipología urbana como son las manzanas compactas, las medianerías, patios y pasillos laterales como forma predominante de la asociación de lotes y el tamaño moderado de sus manzanas y lotes, así como su bajo perfil, y su clasificación en cuatro tipos. (ver Tipología Urbana)

- Se conservarán los elementos claves de la tipología arquitectónica, fachadas lisas y alineadas, edificios bajos predominantemente de una planta y su clasificación en cuatro grupos, portales públicos en avenidas (ver tipología arquitectónica)

- Conservar la estructura de la trama urbana, elemento que caracterizan la imagen de este Centro Histórico, el uso de materiales de barro, así como el sistema de plazas y plazuelas.

  1. b) La defensa del carácter residencial del Centro Histórico.

- Bajo la óptica de la preservación de las zonas de intervención (Sectores de Protección y Regulación) se conservará el carácter funcional de cada zona, principalmente el residencial predominante que las identifican.

- Se fomentará el carácter mixto de edificios en el centro y el equipamiento social en espacios peatonales, plazuelas y esquinas, propios de los barrios.

- Se defenderá en carácter unifamiliar predominante del repertorio habitacional.

  1. c) Potenciar funciones de servicios metropolitanos que permitan distinguir esta área del resto de la ciudad y que justificarán los cambios de uso necesarios.

- Se defenderá el carácter multifuncional y de centralidad que la Zona Priorizada posee.

- Se fomentará el carácter de cada zona establecido en el Plan Parcial, y los cambios de uso necesarios a este fin

- Se jerarquizarán los espacios principales y ejes principales con actividades terciarias

- Se fomentará la vitalidad de los espacios públicos y ejes como espacios de identidad, intercambio social y esparcimiento.

  1. d) Política energética, ambiental y de ahorro de recursos

- Las personas naturales y jurídicas serán responsables de que el medio ambiente construido no degrade ni impacte negativamente en el medio

ambiente natural, más allá del crecimiento de la población y su inevitable ocupación territorial, preservando la integridad y el carácter de los componentes de la ciudad, para el mayor beneficio de la población.

- Se promocionará el uso de fuentes alternativas de energía en las intervenciones que se realicen

- Se promoverá el reciclaje y reutilización de materiales de construcción y elementos arquitectónicos.

- En establecimientos públicos se prohibirá el uso de calentadores, cocinas, equipos de audio y otros equipamientos, que agredan el medio ambiente

  1. e) Tratar de lograr la vinculación entre esta zona tradicional y el resto de la ciudad a través de estudios detallados por zonas.

 Para más información puede dirigirse a la Subdirección de Plan Maestro en la sede de la Oficina del Historiador o comunicarse a través del 32288702

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