Así se aplica  la bonificación del 50% a las madres trabajadoras con 3 o más hijos menores de 17 años.

Las madres trabajadoras con 3 o más hijos menores de 17 años tienen derecho a una bonificación que les permite descontar el 50% de los pagos a cuenta del Impuesto sobre Ingresos Personales, según lo establecido en la Resolución 456 del 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).

Este beneficio, según la citada norma publicada en la Gaceta Ordinaria No.145 de 2021 y el procedimiento emitido al respecto por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) para implementarla, se aplica de la manera siguiente:

La solicitud de la bonificación se realiza mediante un escrito que deben presentar las madres en la ONAT de su domicilio fiscal (aquella en la cual están inscritas), junto a las respectivas copias de su documento de identidad y el de los hijos menores de diecisiete años.

La Oficina cuenta con 30 días naturales, a partir de la entrega de la solicitud, para responder por escrito a la trabajadora.

Por su parte las bonificaciones que se otorgaron a madres TCP al amparo del apartado primero de la anterior Resolución 26 de 2017 del MFP, mantienen su vigencia.

El aporte de los tributos mencionados con la bonificación descontada, una vez que haya sido aprobada por la ONAT, puede realizarse -en el caso de las madres del sector no estatal-, utilizando los canales electrónicos de pago: Transfermóvil, Telebanca, cajeros automáticos y otros.

Por la utilización de estos canales se aplica un descuento del 3% del importe a pagar.

El pago también puede realizarse en las sucursales bancarias presentando el vector fiscal. (Tomado del Portal Tributario)

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Solo restan 4 días para que culmine el período establecido para la presentación de la Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios y Aporte al Presupuesto del Estado, por el Rendimiento a la Inversión Estatal de las Empresas y Sociedades Mercantiles de Capital ciento por ciento cubano para aportar los dividendos. No espere más y cumpla con sus obligaciones fiscales. 

????Somos la Administración Tributaria???? 

#SomosCuba

#ONATDeCuba 

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Utilice estos 10 tips para llenar su declaración jurada, presentarla y pagar ¡hoy mismo!

El sábado 30 de abril, termina el plazo legal para que las personas naturales presenten su declaración jurada y paguen el Impuesto sobre Ingresos Personales y para ayudarles a cumplir hoy mismo les ofrecemos estos valiosos tips, informaciones y herramientas.

¿Quiénes tienen que declarar y mediante cuál modelo de DJ?

  • Por la DJ-08,: los trabajadores por cuenta propia (TCP) del régimen general, artistas y creadores del sector de la cultura y su personal de apoyo; comunicadores sociales y diseñadores y trabajadores de sucursales extranjeras que reciben gratificaciones.
  • Por la DJ-12: los usufructuarios y propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos.

10 tips para ayudarlo a cumplir hoy mismo

  1. No deje para el último día la presentación del modelo y el pago del tributo. Deben considerar que cualquier imprevisto pudiera hacerlo incumplir con la fecha establecida y  tener que asumir el recargo y las sanciones previstas en el Régimen Sancionador estipulado en la Ley No.113 del Sistema Tributario, Libro Sexto.
  2. Descargue desde aquí su DJ Excel y la última versión de Transfermóvil dando clic en los siguientes enlaces destacados:
  3. Llene luego la DJ Excel correspondiente a su caso, la cual calcula el impuesto cuando usted coloca los datos numéricos en los lugares en que se le piden. Una vez hecho esto, imprima dos copias de la planilla y fírmelas. 
  4. Después pague el impuesto mediante Transfermóvil. Si no sabe cómo hacerlo guíese por el Tutorial: Cómo pagar los tributos por Trasfermóvil.(Dé clic sobre el texto anterior destacado en azul para consultarlo). La versión de la app que ponemos a su disposición ahora (que es la ubicada en la sección Descargas del portal), tiene los códigos para el pago de todos los tributos por la opción del RC04 A (Vector Fiscal) o del NIT o carnet de identidad. Recomendamos utilizar la primera.
  5. El pago por la citada aplicación, Telebanca o los cajeros automáticos está bonificada con un descuento del 3% del importe a pagar por utilizar estor canales electrónicos.
  6. Si lo necesita o prefiere, también puede pagar el tributo en las sucursales bancarias portando su vector fiscal de 2021.
  7. En caso de que no pueda aportar o llenar la DJ usted mismo, tiene la posibilidad de contratar los servicios de un Tenedor de Libros o Cobrador Pagador que lo haga por usted. Puede preguntar al respecto en la ONAT de su municipio.
  8. Una vez pagado el impuesto diríjase con una de las planillas impresas a cualquier oficina tributaria y deposítela en el buzón habilitado con este fin. El otro modelo se queda en su poder, así como el aviso que Transfermóvil envía a la carpeta PAGOXMOVIL y debe conservar ambos por 5 años, de acuerdo con lo legalmente establecido.
  9. Si usted posee firma digital, puede presentar la DJ firmada electrónicamente enviándola por correo a la ONAT del municipio en que está inscrito o entregándola mediante una memoria u otro dispositivo USB.
  10. Revise los siguientes artículos y contenidos del portal que tienen información que le ayudará a cumplir:

 Esperamos que las recomendaciones que le hacemos le sean de utilidad para declarar bien y con la mayor celeridad. (Tomado del Portal Tributario)

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30 de abril vence plazo para presentar la DJ-08 y la DJ-12. Lo ayudamos a declarar hoy y le informamos sobre la campaña.

El sábado 30 de abril, vence el plazo legal para el pago del impuesto sobre Ingresos Personales por las personas naturales (mediante la DJ-08) y los productores agropecuarios (por la DJ-12) y los porcentajes de declaración están por debajo de los alcanzados en 2021.

Por eso aprovechamos la ocasión para informarle primeramente cómo marcha la campaña y luego darle algunas herramientas y tips que le ayuden a llenar su DJ y pagar hoy mismo. Comencemos por las estadísticas.

En el caso de la DJ-08, ha declarado el 43,7% de las 231 mil 873 Personas Naturales obligadas a hacerlo: trabajadores por cuenta propia (TCP) del régimen general, artistas y creadores del sector de la cultura y su personal de apoyo; comunicadores sociales y diseñadores y trabajadores de sucursales extranjeras que reciben gratificaciones.

Esta cifra es inferior al 50.5 % alcanzado en igual período de 2021.

El comportamiento por figuras también estuvo por debajo del logrado el pasado año y fue el siguiente:

  • TCP: 45.2 %
  • Sector artístico y su personal de apoyo: 36.0 %
  • Comunicadores sociales y diseñadores: 48.1 %,
  • Trabajadores de sucursales extranjeras: 49.2 %
  • Y en el caso de las figuras mixta (contribuyentes que ejercen varias actividades económicas bajo diferentes órganos rectores): 29.9 %

En cuanto a la DJ-12, ya declaró mediante ella el 64.8 % de los 165 mil 288obligados:  usufructuarios y propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos.

Respecto al comportamiento por provincia se destacan como positivos los porcentajes alcanzados por Granma que ha logrado un 73.5 % de declarantes en la DJ-08 y 86.9 % en la DJ-12, mientras que los menos alentadores han sido los resultados de Santiago de Cuba y la Isla de la Juventud.

¿Declarar es igual a presentar la DJ?

Es válido especificar que declarar incluye tanto la liquidación del tributo (la obligación fiscal) como la entrega de las DJ (el deber formal); y ambas acciones deben cumplirse en el término legalmente establecido.

El incumplimiento de cualquiera de estas responsabilidades fiscales constituye una infracción tributaria sujeta a sanción según la Ley No.113 del Sistema Tributario, Libro Sexto, que establece el Régimen Sancionador en sus artículos del 434 al 463.

Por tanto, presentar la DJ sin aportar el tributo o viceversa, implica que la acción de declarar ha sido incompleta.

¿Por qué vía se presentaron más declaraciones?

La vía más utilizada para presentar la DJ-08 – y aquí sí hablamos solo de entregar el modelo- fue el Buzón habilitado en las oficinas tributarias del país, por el cual se recibió 98.54 % de las planillas. De estas, 6 mil 590 fueron llenadas con la DJ Excel descargada desde el Portal Tributario: la herramienta informática que facilita introducir los datos y calcula el tributo, la cual puede obtenerse en la sección Descargas.

Las provincias que más se han destacado en la utilización de esta facilidad son Artemisa y La Habana.

Hasta la fecha se han rechazado 394 DJ, que deben volver a ser presentadas, pues una DJ rechazada equivale a no haber sido entregada.

Descargue desde aquí su DJ Excel, la última versión de Transfermóvil y siga los pasos para declarar hoy mismo.

Dé clic ahora en los siguientes enlaces destacados para obtener las DJ-08 o la DJ-12 Excel, según sea su caso, y la última versión de Transfermóvil todos ubicados en la sección Descargas del Portal Tributario:

Llene luego su declaración mediante la herramienta seleccionada que calcula el impuesto cuando usted coloca los datos numéricos en los lugares en que se le piden. Una vez hecho esto, imprima dos copias de la planilla y fírmelas.  

Después pague el impuesto mediante Transfermóvil.  La versión que ponemos a su disposición ahora en el portal, tiene los códigos para el pago de todos los tributos por la opción del RC04 A (Vector Fiscal) o del NIT o carnet de identidad. Recomendamos utilizar la primera.

El pago por la citada aplicación, Telebanca o los cajeros automáticos está bonificada con un descuento del 3% del importe a pagar.

También puede pagar el tributo en la sucursal bancaria portando su vector fiscal de 2021 o servirse de la ayuda de un Tenedor de Libros o Cobrador Pagador que haga la gestión por usted e incluso le ayude a llenar el modelo si no sabe cómo hacerlo.

Una vez pagado el impuesto diríjase con una de las planillas impresas a las oficinas tributarias y deposítela en el buzón habilitado con este fin. El otro modelo se queda en su poder, así como el aviso que Transfermóvil envía a la carpeta PAGOXMOVIL y debe conservar ambos por 5 años, de acuerdo con lo legalmente establecido.

Si usted posee firma digital, puede presentar la DJ firmada electrónicamente enviándola por correo a la ONAT del municipio en que está inscrito o entregándola mediante una memoria u otro dispositivo USB.

Aproveche y declare hoy. Considere que si lo deja para el último día, cualquier imprevisto pudiera hacerlo cumplir fuera de la fecha establecida, incurrir en mora y tener que afrontar el recargo y las sanciones previstas en la ley para estos casos.

También pudieran serle útiles para declarar los siguientes artículos del portal:

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Más de DOS millones de pesos en adeudos con el presupuesto del estado, fue el resultado de las más de 80 acciones de control fiscal desarrolladas por la Oficina Nacional de la Administración Tributaria en Camagüey, todas sobre personas naturales.
Estas acciones de control fiscal forman parte de un esfuerzo conjunto de la ONAT, y varias instituciones gubernamentales, para frenar el incremento desmedido de los precios de productos y servicios en el sector no estatal.
La ejecución de operativos fiscales para apoyar las acciones de control popular contra el aumento de precios se implementó como sistema de trabajo en todos los territorios de la Provincia, y su objetivo es verificar el cumplimiento tributario de las obligaciones de pago y los deberes formales de contribuyentes previamente seleccionados, e identificar personas naturales que ejercen sin estar inscritas (ilegales).
Para ello se tienen en cuenta elementos como la afluencia de público a los negocios particulares, el incremento de los precios en las ventas de bienes y servicios destinadas a la población, la ubicación del negocio (si está en lugares céntricos), y el número de empleados, entre otros. 
Las actividades seleccionadas para fiscalizar fueron: servicio gastronómico en cafetería, ponchero, panadero dulcero, productor vendedor de productos alimenticios, vendedor de productos agrícolas en puntos de venta y quioscos, productor minorita de productos agropecuarios, productor o vendedor de artículos varios, productor recolector de materiales con fines constructivos y otras actividades de impacto en los precios de productos y servicios con destino a la población.
El hecho más importante constatado en este control fiscal fue la no correspondencia entre los ingresos y los aportes realizados por los contribuyentes: los ingresos crecieron debido al incremento de los precios, en cambio los tributos, que también debieron haberlo hecho, no experimentaron el aumento correspondiente. Lo cual fue un claro indicador de sub-declaración, o evasión fiscal.
Respecto al incumplimiento de deberes formales, las principales violaciones cometidas fueron: no poseer la documentación establecida y la desactualización de los registros contables, así como la no implementación del sistema de contabilidad simplificada establecida para los TCP, la obstrucción del proceso de fiscalización, entre otras. 
Ante estos resultados, la ONAT insta a los contribuyentes a declarar correcta y puntualmente sus responsabilidades tributarias y alerta que el incumplimiento de las obligaciones de pago, la subdeclaración y el ejercicio no autorizado del trabajo por cuenta propia pueden conllevar a que se incurra en el delito de evasión fiscal, sancionado con multas y privación de libertad según lo dispuesto en la Ley No. 62, Código Penal cubano.
Cualquier duda pueden contactarnos a nuestra Línea Directa de Atención al Contribuyente: 32-25-3274. 
  
 
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