Según explicó, en el país existe un aumento del proceso de envejecimiento y una baja tasa de natalidad, condiciones que conllevaron a aprobar en 2014, una política para aumentar los niveles de fecundidad y la atención al adulto mayor.
Sobre los factores que inciden en el proceso de natalidad, la titular del Inass citó causas como el empoderamiento de la mujer y los altos niveles de escolaridad alcanzados, por lo que posponen la maternidad.
Además, señaló otras como la situación d la vivienda, el elevado costo de la atención a los hijos y la convivencia con adultos mayores que requieren cuidados.
Por su parte, Yudelvis Álvarez Fonseca, directora Jurídica y de Relaciones Internacionales del Ministerio Trabajo y Seguridad Social (MTSS) informó que se han tenido en cuenta para la nueva legislación factores como el contexto económico y social, la demografía, y el programa nacional de las mujeres para asegurar el empoderamiento económico de la mujer y lograr su incorporación al empleo.
Asimismo, resaltó que se ha tenido en cuenta a los nuevos actores económicos.
En este sentido, enfatizó que la legislación que se concibe es un mecanismo inclusivo que parte de la voluntad y el estado, y esta protege a la madre trabajadora independientemente del sector donde labore.
Sobre el recién aprobado Decreto-Ley de la Maternidad de la Trabajadora y la Responsabilidad de las Familias, Álvarez Fonseca detalló que se incorporan aspectos como conceder prestaciones monetarias a la madre o el padre con hijos enfermos u otro familiar que se encargue del cuidado del menor.
De igual forma, se suman el disfrute de la prestación social a la abuela o abuelo trabajadores al cuidado de un menor cuya madre es estudiante, se resalta el papel de los abuelos en la familia; se extiende la protección cuando el menor requiera cuidados especiales hasta los cinco años y, vencido este periodo, puede reincorporarse a su plaza.
El Decreto-Ley recoge también el pago del 100 por ciento (%) de su salario a la trabajadora gestante, mientras el tiempo que acredite el certificado médico, se elimina el requisito de estar vinculado 75 días con anterioridad para tener el derecho a la protección y se ratifica la facultad excepcional del Ministro de conceder prestaciones sin cumplir los requisitos establecidos.
Otras medidas ratificadas incluyen la atención médica durante el embarazo, las licencias pre y post natal, el tratamiento especial al padre o familiar que se encargue del cuidado del menor si fallece la madre, y el reconocimiento del papel de la familia en el cuidado del menor.
Derechos todos que hacen de este Decreto-Ley un instrumento de alto valor social y de protección a las madres trabajadora y su entorno. (ACN)